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HOMOLOGACIÓN PARA IMPARTIR CURSOS DE FORMACIÓN BÁSICA Y AVANZADA
Resolución de 26 de enero de 2018, de la Dirección General de la Marina Mercante,
por la que se establece el procedimiento de homologación para impartir cursos de Formación básica y avanzada para capitanes, oficiales, marineros y otro personal a bordo de buques regidos por el Código IGF y la expedición de sus certificados de suficiencia.
Tercero. Condiciones para la obtención de la homologación.
Los cursos que deberán reunir los requisitos mínimos aplicables a la formación y las cualificaciones de los capitanes, oficiales, marineros y demás personal de los buques regidos por el Código IGF, deberán de ser realizados conforme a los contenidos y requisitos exigidos en el anexo I y a las correspondientes normas del Convenio STCW y su Código de Formación, según se describe a continuación:
I. Formación Básica para los buques regidos por el Código IGF: Regla V/3 párrafo 5; Sección A-V/3 párrafo 1; Cuadro: A-V/3-1.
II. Formación Avanzada para los buques regidos por el Código IGF: Regla V/3 párrafo 8; Sección A-V/3 párrafo 2; Cuadro: A-V/3-2.
Cuarto. Duración del curso y horario.
El curso constará de las horas necesarias para cubrir toda la formación indicada en el párrafo anterior, no pudiendo impartirse más de 8 horas por día. Adicionalmente, se deberá realizar un descanso mínimo de 1 hora cada cuatro horas de clase.
Fuente: Escuela Marítima Española.