Derecho Marítimo. Ley de Navegación Marítima.

Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima.

La Ley de Navegación Marítima lleva a cabo una reforma amplia del Derecho marítimo
español contemplando todos sus aspectos. Se trata de una renovación que no busca una
mera actualización y codificación, sino que también responde a su imprescindible
coordinación con el Derecho marítimo internacional y su adecuación a la práctica actual
del transporte marítimo.
Esta norma permite superar las contradicciones existentes entre los distintos
convenios internacionales vigentes en España y la dispersa normativa que regula esta
materia, cuya cabecera está todavía constituida por el Libro III del Código de Comercio
de 1885. Al mismo tiempo, pone fin a las carencias que en estos últimos años se han
detectado en relación a una pluralidad de intereses nacionales cuya tutela debe ser
reforzada. Es el caso de la seguridad de la navegación, la protección del medio ambiente
y del patrimonio cultural subacuático, el uso del mar territorial, la lucha contra la
contaminación, los intereses españoles en materia de pesca, la extranjería y la
inmigración, o la lucha contra el contrabando.
La ley regula el marco en el que se inscriben las actividades propias del tráfico
marítimo, constituido por el propio medio geográfico y los espacios físicos que la hacen
posible, así como los instrumentos y los vehículos, garantizando la necesaria coherencia
del Derecho español con los distintos convenios internacionales en materia de Derecho
marítimo. Esta amplitud conlleva que esta Ley incluya prácticamente todos los aspectos
de la navegación, tanto de Derecho público como privado.

 

BOE-A-2014-7877

 

 

 

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